Uno de los retos que, como país, tuvimos que afrontar en medio de una pandemia fue la implementación del teletrabajo: una modalidad existente pero no común en el Ecuador. La mayoría de empresas implantaron este modo de trabajo para continuar activos en el mercado ante la crisis sanitaria en la que nos vimos envueltos desde marzo 2020. Sin embargo, la mayoría de organizaciones instauraron dichas medidas de forma apresurada, sin tener en cuenta cada uno de los factores que implica la implementación de una nueva modalidad de la cual solo era conocida por nombre.

No se consideraron a profundidad aspectos claves como la salud del trabajador, si bien es cierto las empresas tuvieron que realizar varias adecuaciones en sus políticas internas e idear estrategias que faciliten el desarrollo del teletrabajo que estén acorde a las disposiciones emitidas por el Gobierno, aún no se puede a ciencia cierta medir el impacto en la salud ocupacional que el cambio ha ocasionado al empleado. La normativa interna de cada organización buscó establecer directrices que regulen el teletrabajo velando por sus intereses, pero también salvaguardando la salud de los trabajadores tanto física como mental y emocional en la medida de lo posible. No obstante, las medidas y procedimientos no contemplan de forma adecuada todos los aspectos a considerar para evitar el surgimiento de los riesgos psicosociales.

Según la comisión mixta de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) los riesgos psicosociales son “Las interacciones entre trabajo, medio ambiente, satisfacción laboral y condiciones organizativas, por una parte, y las capacidades del trabajador, su cultura, necesidades y situación personal fuera del trabajo” esta definición nos aclara todos los factores involucrados en este tipo de riesgos por tanto, si existe alguna deficiencia dentro de esta interacción es lo que provoca el incremento de nivel de riesgo psicosocial. Existen varios riesgos que pueden aparecer ante una aplicación inadecuada del teletrabajo como es la sobrecarga de trabajo puesto que, esta puede conllevar a producir tensión y estrés que pueden causar afecciones al teletrabajador, perjudicando aún más a las personas que son consideradas como “adictas al trabajo” es decir a las personas que consideran que lo único productivo es trabajar 24 horas al día los 7 días a la semana.

Adicionalmente, puede ocasionar perturbaciones psíquicas tales como ansiedad, estados depresivos causados por la fatiga mental. Otro de los riesgos a destacar es la sensación de aislamiento, provocando a su vez incertidumbre en la realización de sus funciones afectando así en la toma de decisiones, también, provoca una alteración en la noción del tiempo lo que implica, que toda su atención se encuentra en el trabajo más de lo necesario.

Un ejemplo claro es la hora de desconexión que consiste en la no obligación de atender gestiones laborales por un lapso de 12 horas continuas, aclarando que es aplicable en un período de 24 horas según la Ley de Apoyo Humanitario. Los riesgos psicosociales se presentan cuando las exigencias de trabajo obligan al trabajador a extender su horario laboral para satisfacer las necesidades de la organización dejando de lado su salud mental y emocional.

Aunque la ley laboral establezca de manera clara horarios de inicio y terminación de la jornada laboral, la realidad es otra, al ser una situación habitual se produce la sensación de sentirse encerrado puesto que no tiene que desplazarse a su lugar de trabajo si no que debe permanecer en su domicilio cumpliendo su horario y funciones sin necesidad de salir. A simple vista puede resultar más beneficioso para el trabajador pero al convertirse en una actividad habitual, sin conocer a ciencia cierta cómo es el funcionamiento de esta modalidad, llega un momento en el cual se vuelve inmanejable.

La presión de intentar acoplarse a la nueva modalidad, puede provocar la aparición de los riesgos psicosociales mencionados anteriormente. Para los padres de familia se complica un poco más pues además de sus actividades laborales en casa, deben estar al pendiente de las actividades escolares, de sus hijos. Los riesgos psicosociales pueden desarrollarse en cada actividad laboral por más sencilla que sea, si los factores no tienen una interacción dinámica. Para lograr mitigar estos riesgos es necesario realizar un análisis a profundidad de cada uno de estos factores, y en base a los resultados, verificar si es requerido un plan de acción para contrarrestar estos riesgos.

El vínculo existente entre el teletrabajo y la Seguridad y Salud Ocupacional implica una mayor atención al trabajador, para que cuente con las herramientas y conocimientos necesarios, que le permitan mantener una salud laboral óptima. En conclusión, el teletrabajo puede constituirse en una forma más de realizar las actividades laborales, con iguales condiciones de riesgo psicosocial que la actividad laboral presencial, siempre y cuando se regule de manera adecuada las condiciones de su desarrollo no solo con una adecuada normativa, sino yendo más allá, a través de la concientización de empleadores y trabajadores para que comprendan que el respeto de horarios y carga laboral son esenciales para disminuir la aparición de nuevos riesgos psicosociales surgidos de esta nueva modalidad de trabajo.