NUEVO REGLAMENTO QUE REGULA EL TRÁMITE DE VISTO BUENO

Durante la relación laboral se pueden suscitar ciertos inconvenientes que podrían llegar a afectar el normal desenvolvimiento de las actividades diarias de una empresa. Las faltas reiterativas e injustificadas del trabajador, desobediencia a los reglamentos internos, falta de pago puntual de las remuneraciones por parte del empleador o acoso laboral, son algunas de las acciones más comunes que pueden dificultar la convivencia entre empleadores y trabajadores. La legislación ecuatoriana establece mecanismos para que el trabajador termine legalmente el contrato de trabajo o el empleador despida legalmente a su colaborador, este procedimiento es conocido como visto bueno.

¿Qué es el visto bueno?

El visto bueno es un procedimiento administrativo cuya finalidad es terminar la relación laboral de forma unilateral ya sea a petición del trabajador o del empleador. Para poder aplicar la figura del visto bueno, el peticionario debe alegar alguna de las causales establecidas en el Código de Trabajo. En el caso de que la petición sea formulada por el empleador, deberá remitirse a las disposiciones del art. 172 del citado cuerpo legal. Por otro lado, se aplicarán las establecidas en el artículo 173, cuando la petición la realice el trabajador. La autoridad competente para conocer el procedimiento de visto bueno es el Inspector de Trabajo del lugar donde se ejecuta el contrato de trabajo o del domicilio de la parte accionada. El Inspector de Trabajo será quién emita la resolución negando o aceptando el visto bueno.