Desde que la humanidad se organizó como sociedad, y de alguna manera el hombre en aras de la paz, cedió parte de sus libertadores al Estado, una de las principales atribuciones que este ha tenido y sigue teniendo es impartir justicia. 

Hemos visto como a lo largo de la historia, la justicia ha sido impartida por jueces individuales o tribunales conformados por más de un magistrado, quienes se han especializado en largos y complejos procesos judiciales cuyo último fin es aplicar las leyes vigentes, siendo esta la única forma conocida para solucionar o poner fin a una disputa, que siempre ha de terminar en una sentencia que deja al menos a una parte insatisfecha, transformándose en una suerte de vencedores y vencidos.

Con el desarrollo de la sociedad, el comercio, la industria y crecimiento poblacional, la demanda de solución de conflictos se ha incrementado de manera exponencial, sin que el órgano jurisdiccional haya crecido al mismo ritmo, por lo que el despacho de la causas judiciales se ha visto represado convirtiéndose en un camino muy lento y tortuoso conseguir solución a los problemas legales.

Al inicio de presente artículo partimos del momento histórico desde que se produce la organización de la sociedad a través de la formación del Estado; en este punto, y para que nuestra visión de la problemática planeteada no sea laxa, es preciso remontarnos antes del punto señalado, y encontramos un dato curioso,  la mediación es tan antigua como los conflictos, y que la solución de los mismos se dio con una connotación de adversario adversario, que en pocos casos se llegaba a mediar de la forma que modernamente se la concibe, sino más bien era un triunfo del más fuerte,  produciéndose en algunos casos guerras mundiales. En esas circunstancias se empieza a buscar la intervención de un tercero ajeno al conflicto, alguien que medie un conflicto sin que lo resuelva como es el caso de un juez. 

Al comienzo de los años 70 en Estados Unidos, empiezan a aparecer métodos alternativos de solución de conflictos, que buscan poner distancia del método jurisdiccional institucionalizado como consecuencia de la organización de la sociedad  como Estado,  pero esta vez se busca que dichos métodos alternativos –uno de ellos la mediación-, se constituyan en una reglada forma de solucionar conflictos, siendo una propuesta que nazca de las partes, donde las partes intervinientes queden satisfechas tras haber conseguido una negociación justa que ponga de forma ágil y oportuna la solución y fin de sus conflictos.

Lo dicho no puede llevarnos a concluir que con la mediación deben desaparecer los tribunales de justicia, nada más absurdo, más bien deberíamos mirar a los procesos de mediación como una forma de descongestionar la función judicial, de casos que pueden ser resueltos por los propios protagonistas del conflicto, de manera ágil y oportuna.